lunes, 9 de noviembre de 2009

RESUMEN DE LA CLASE DEL 02/11/2009.

1.- Continuación de las reflexiones de Nicolás de Oresme (1323-1382) sobre la MONEDA:

Las principales reflexiones que sobre la moneda hace Oresme, son las siguientes:

a).- Solo el Rey debe acuñar monedas y establecer el valor, peso y pureza de cada una. Debemos tener presente que en el s. XIV el poder del Rey es incontestable y muy parecido a lo divino.

b).- La moneda tiene dos valores: El valor Nominal, que lo establece el Rey y el valor Intrínseco que principalmente está en función del tipo de material utilizado y del peso de la moneda. Normalmente el valor nominal y el intrínseco eran diferentes.

Valor Nominal + Premio de acuñación = Valor Intrínseco.

Premio de acuñación = A los costes, de la corona, por la acuñación de la moneda.

c).- La riqueza de la Monarquía es proporcional a la cantidad y valor de las monedas que posee.

d).- Para Oresme existen tres conceptos o prácticas prohibidas, en relación a la moneda, y estas son las siguientes;

  • El trafico, el cambio y la custodia.
  • La usura.
  • La alteración.

2.- EL MERCANTILISMO.

a).- Definición: Constituye el conjunto de escritos y practicas económicas que se dan en Europa entre mediados del s. XVI y prácticamente todo el s. XVII.

En la asignatura el Mercantilismo será analizado únicamente como “Pensamiento económico”. Para su análisis lo dividimos en las tres secciones siguientes:

  • Características.
  • Historiografía.
  • Variantes nacionales en: España, Inglaterra, Francia y Holanda.

b).- Las características principales que intervienen y configuran el Mercantilismo (mediados del s. XVI y s. XVII), son las siguientes:

  • El Intervencionismo por parte del Estado. Esto permite la implantación de determinadas actuaciones económicas orientadas en el sentido de apoyar a las monarquías absolutistas que existen, en este periodo, en Europa.
  • El gran poder económico y político que tenían las monarquías europeas en este periodo.
  • La gran cantidad de medidas reguladoras orientadas a aumentar la riqueza y el poder económico tanto de la monarquía como de la nobleza.
  • Medidas impositivas orientadas a incrementar los ingresos de las monarquías europeas para atender sus mayores gastos ( especialmente los militares) .

c).- Durante el periodo del Mercantilismo se consiguió un gran Consenso o Pacto entre la monarquía y la nobleza. Como todo pacto, este obedecía a la defensa de los intereses de ambas partes.

d).- Durante en s. XVI, el PODER estaba muy relacionado con la justicia, cuya última instancia correspondía siempre al Rey, y entendiendo su aplicación en las dos facetas siguientes:

  • Como justicia jurídica.
  • Como justicia distributiva, basada esta en la gracia, merced, regalía, premio, del Rey.

A través de la impartición de la justicia distributiva, el Rey controla prácticamente toda la actividad económica de la nobleza, en este periodo.

En relación a esta forma de operar por parte de la monarquía hispánica del s. XVI, recomendamos los estudios / libros siguientes:

v De Pablo Fernández Alvadalejo : “ Fragmentos de Monarquía”

v De José Javier Ruiz Ibáñez: “Historia de España, tercer milenio”.

Publicado por el observador de la semana: Juan Hernández Ortiz.

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